Modelo 347

Si eres empresario o autónomo, seguro que el Modelo 347 ya forma parte de tu rutina fiscal anual. Esta declaración informativa ha sido, durante años, una herramienta clave en el control tributario de operaciones relevantes. Pero, ¿y si te dijéramos que podría desaparecer muy pronto? La digitalización y la implantación de la facturación electrónica están cambiando las reglas del juego, y contar con una asesoría jurídico-fiscal especializada es más importante que nunca, especialmente en un entorno transfronterizo.

 

Te contamos todo lo que necesitas saber:

 

¿Qué es el Modelo 347 y quién debe presentarlo?

El Modelo 347 es una declaración informativa anual obligatoria para empresas y autónomos que hayan realizado operaciones con terceros por un importe superior a 3.005,06 euros (IVA incluido) durante el ejercicio. Su función es permitir a Hacienda cruzar información entre compradores y vendedores y detectar discrepancias fiscales.

 

Quiénes están obligados a presentarlo:

✅ Empresas y autónomos con operaciones superiores a 3.005,06 €.

✅ Comunidades de propietarios con gastos que superen ese importe.

✅ Entidades sin ánimo de lucro con adquisiciones relevantes.

Excepciones: No es necesario presentarlo si las operaciones ya se han declarado en otros modelos, como el SII o el Modelo 349 (para operaciones intracomunitarias).

 

Plazo de presentación:

📅 Febrero de cada año

 

La cuenta atrás para el Modelo 347 ha comenzado

Si bien sigue siendo obligatorio en 2024, su continuidad está en duda. La razón es sencilla: la digitalización del control tributario avanza a gran velocidad en toda España. Sistemas como TicketBAI en Euskadi, Batuz en Bizkaia y Verifactu a nivel estatal permiten que Hacienda reciba información en tiempo real sobre todas las facturas emitidas y recibidas, eliminando la necesidad de declaraciones informativas como el Modelo 347.

 

¿Por qué desaparecerá el Modelo 347?

El objetivo de este modelo siempre ha sido facilitar el control de las operaciones entre empresas y autónomos, pero con la facturación electrónica ya no será necesario. Hacienda tendrá acceso inmediato a todas las transacciones, eliminando la necesidad de esta declaración anual.

🔹 Menos carga administrativa para las empresas.

🔹 Mayor control tributario en tiempo real.

🔹 Además, menos margen de error y menos sanciones por declaraciones incorrectas.

 

¡Adelántate a los cambios con un buen asesoramiento!

Si operas en un entorno transfronterizo entre España y Francia, los cambios en el sistema tributario pueden afectarte de manera diferente según la normativa de cada país. Contar con una asesoría jurídico-fiscal especializada como Pagoa Consultoras te permitirá anticiparte a los cambios y adaptarte sin complicaciones.

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